“La creación de un mecanismo europeo de carácter estabilizador es una cuestión prioritaria, tras la experiencia de la Gran Recesión, y su implementación podría ser un primer paso muy significativo en el avance hacia una auténtica unión fiscal, que no pivotara exclusivamente, como ocurre a día de hoy, en la disciplina presupuestaria de los estados miembros“. Esta es la principal conclusión del último Policy Brief, número 7, publicado por EuropeG. 

La afirmación se deriva de un profuso estudio (cuyo contenido completo está disponible en la web ) en el que los expertos de EuropeG aseguran que, tras analizar las diferentes alternativas existentes para ampliar y reforzar el presupuesto comunitario,  “s olo con la creación de un mecanismo fiscal estabilizador será posible en el futuro afrontar en condiciones más favorables recesiones de la gravedad y las características de la que hemos padecido”.

 

En su análisis también coinciden con el consenso de la comunidad de economistas de que las dos características básicas de este mecanismo deben ser: que esté equilibrado financieramente, es decir debería ser de suma cero a lo largo del tiempo. Y que además, sea neutral entre países.

En base a ello, el fondo debería cumplir unos mínimos como:

  • Estar equilibrado a lo largo del ciclo, descartando la opción de objetivos anuales, por considerarlo una herramienta más anticíclica y estabilizadora ante los posibles shock económicos.
  • En segundo lugar, desde EuropeG se invita a los responsables del diseño del nuevo mecanismo europeo a explorar alternativas estadísticas al output gap para definir la posición cíclica de cada país.
  • En tercer lugar, está la cuestión de la condicionalidad de los recursos recibidos, relacionada, en parte, con la vinculación entre este instrumento, de carácter estrictamente estabilizador, y las políticas estructurales de convergencia.

Este Policy Brief 7 también hace especial incidencia en cómo debe definirse la Golden Rule. Entendiendo como tal, la  posibilidad de reinterpretar los límites al déficit y el endeudamiento establecidos por la normativa comunitaria.

 

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