La respuesta inmediata a la cuestión planteada es simple y directa. Completado su saneamiento con el traspaso de activos a SAREB, asumidas las pérdidas por accionistas y acreedores subordinados y concluida su recapitalización por el FROB, las entidades así “nacionalizadas” deben de retornar a manos privadas cualquiera que hubiera sido su forma de propiedad anterior o la de sus potenciales adquirentes.
Este es el sentido último de unas intervenciones públicas emprendidas para evitar los riesgos que hubieran entrañado -para el sistema de pagos y el conjunto del sistema crediticio- las liquidaciones fortuitas por quiebras sucesivas de entidades. Estos son los principios económicos y legales que motivan la presencia del FROB: los de una reestructuración o liquidación ordenada, y son, por otra parte, los que inspiran el apoyo del Mecanismo de Estabilidad Europeo y su aprobación por las autoridades de salvaguardia de la competencia en el mercado único.
Con este tenor la presencia del FROB no puede ser sino temporal: para salvar los fallos de mercado y las incertidumbres que impiden una pronta recapitalización privada a valores razonables. Lo que se trata es de minimizar los costes directos e indirectos de las intervenciones, alejándolos de los que corresponderían a unas liquidaciones precipitadas. El elemento crucial es, en este caso, la viabilidad del negocio y su puesta en valor. La recapitalización pública es parte instrumental del proceso, pero no es el fin ni el objeto último del mismo.
Dicho esto de manera tersa, y hasta cierto punto indubitada, subsisten sin embargo dos grupos de cuestiones. El primero sería el relativo a cómo rematar esta presencia temporal, por cuales vías, con qué prontitud y mediante qué proyectos de gestión y negocio. El segundo, más radical, llevaría a poner en cuestión los principios que inspiran la intervención del FROB y a pensar en una solución más o menos permanente mediante una nueva banca pública.
Para ello sería preciso que capital estatal –empresa pública- adquiriese las participaciones del FROB en los mismos términos establecidos por la normativa europea para otros concurrentes, devolviendo los apoyos al Mecanismo de Estabilidad Europeo. La intención sería utilizar esta banca como herramienta de política que alivie los desajustes actuales en los mercados crediticios. Pero quizás fuera peor la penitencia, aumentando los costes y las restricciones financieras más que disminuyéndolos
Ello abre el terreno para un tercer grupo de cuestiones relativas a cómo resolver el actual atasco de los mercados crediticios. Esto no pasa necesariamente por la estatalización de entidades de crédito y ni siquiera por un reforzamiento del actual crédito oficial o por la creación de nuevas agencias especializadas; si bien estos dos últimos no estarían de más. Tema diferente, pero relacionado, es si estas líneas o apoyos públicos que compartan el riesgo con las entidades privadas de crédito debieran descansar en facilidades europeas o en las estrictamente nacionales.
Cualesquiera que sean las respuestas a estas cuestiones, lo deben de ser sujetas a procedimientos y principios legales bien establecidos, y sobre bases bien razonadas de costes y beneficios económicos de la decisión.
En este sentido conviene decir que no está la Magdalena para tafetanes. Por ello cabe aconsejar menos agitación de emociones, más austeridad en gastos de consultoría, más estabilidad de los marcos de actuación, mayor profundidad y mejor ejecución.
José Pérez